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Impuestos alquiler vacacional Canarias: IGIC, IRPF e IRNR

Por BetterStays Team

Impuestos alquiler vacacional Canarias: IGIC, IRPF e IRNR

Resumen claro de los impuestos del alquiler vacacional en Canarias: IGIC, IRPF e IRNR, y por qué conviene apoyarse en un asesor fiscal especializado.

Cumplir con Hacienda en Canarias es más sencillo de lo que parece, pero requiere conocer tres tributos: IGIC, IRPF o IRNR, y el modelo 179. Este artículo es informativo: para tu caso concreto siempre conviene consultar a un asesor fiscal.

IGIC (7%)

El alquiler vacacional tributa al 7% de IGIC (no IVA, Canarias tiene régimen propio). El propietario es sujeto pasivo si presta servicios complementarios (cambio de toallas durante la estancia, recepción 24h…); en la práctica, casi todas las viviendas comercializadas vía agencia entran en este régimen. Se declara trimestralmente por modelo 420.

IRPF (Residentes en España)

Los ingresos netos tributan en la base general del IRPF (tramos del 19-47% según renta total). Son deducibles, proporcionales al tiempo alquilado: amortización (3% del valor de construcción), IBI, comunidad, suministros, intereses de hipoteca, comisión de gestión, limpieza, mantenimiento y seguros.

IRNR (No Residentes en España)

  • Residentes UE/EEE: 19% sobre el beneficio neto, con las mismas deducciones que el IRPF. Modelo 210 trimestral.
  • Residentes fuera de UE/EEE: 24% sobre los ingresos brutos sin deducción posible. Conviene valorar la creación de una sociedad española en estos casos.

Modelo 179

Las plataformas (Airbnb, Booking, Vrbo) ya reportan tus ingresos a Hacienda. Es decir: no declarar no es opción, te llegará una paralela. Mejor planificar desde el inicio.

Tasa Turística

Tenerife no aplica tasa turística municipal a fecha de 2026, a diferencia de Baleares o Cataluña.

Nuestra Postura

BetterStays no presta servicios de asesoría fiscal. Nuestro reporting mensual vía Guesty te da el detalle de ingresos, comisiones y costes que tu asesor fiscal necesita para presentar declaraciones limpias. Si no tienes asesor, te podemos recomendar despachos locales especializados en alquiler vacacional y no residentes.

Preguntas frecuentes

¿El alquiler vacacional en Canarias paga IVA o IGIC?

IGIC al 7%. Canarias tiene régimen fiscal propio, no aplica IVA. Se declara trimestralmente por modelo 420.

¿Cuánto paga un no residente por alquilar en Tenerife?

Residentes UE/EEE: 19% sobre el beneficio neto con deducciones. Fuera de UE/EEE: 24% sobre ingresos brutos sin deducción posible.

¿BetterStays se encarga de mis impuestos?

No. La asesoría fiscal la hace tu asesor; nosotros entregamos el reporting mensual con todos los datos necesarios. Si no tienes asesor, te podemos recomendar despachos locales.

Próximos pasos

En BetterStays gestionamos tu alquiler vacacional en Tenerife con reporting mensual claro para que tu asesor fiscal trabaje sin fricción. Solicita una valoración gratuita o estima tus ingresos con nuestra calculadora de rentabilidad. Te respondemos en menos de 24 horas.

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